Derechos de los pasajeros de autobuses o autocares (II)

Derechos de los pasajeros de autobuses o autocares (II)

Pasajero, bus, descansando comodo

Derechos de los pasajeros de autobuses o autocares (II)

En la entrada de esta semana vamos a seguir la estela marcada por el anterior post, donde explicamos algunos derechos de los pasajeros al viajar en autobús.

Y es que en los casos de sufrir un accidente tienes derecho a una indemnización y asistencia. Cuando se genere un accidente de autobús en un viaje de más de 250 km y sufras lesiones por causas contingentes, la empresa está en la obligación de indemnizar a los pasajeros. Además, si en el servicio se producen pérdidas de objetos personales, también están obligados a indemnizar al viajero.

De la misma forma, y en caso de ser necesario, el transportista deberá prestar asistencia de primeros auxilios, y todas aquellas necesidades que pueda tener el pasajero.

Asimismo, si crees que no se están respetando tus derechos como usuario, puedes reclamar al transportista o a la empresa en cuestión en un plazo máximo de tres meses a partir de la fecha en la que se producen las circunstancias inusuales. Por otra parte, la empresa que ofrece el servicio tiene la obligación de dar respuesta en los siguientes tres meses.

Esperamos haberos ayudados a tener conocimiento de vuestros derechos para futuros viajes.